Introducción
El panorama de la facturación en España está a punto de cambiar drásticamente. A partir de 2026, la implantación de un nuevo sistema transformará la manera en que autónomos y pymes gestionan sus obligaciones fiscales. La transición, sin embargo, comienza antes: desde el 1 de julio de 2025, todo el software de facturación deberá estar adaptado.
En el centro de esta revolución se encuentran dos sistemas clave: el ya conocido Suministro Inmediato de Información (SII), regulado por el Reglamento del IVA, y el nuevo VeriFactu, que emana de la Ley 11/2021 contra el fraude y el Real Decreto 1007/2023. Aunque ambos buscan mejorar el control fiscal, operan bajo lógicas muy diferentes, lo que está generando una considerable confusión.
Este artículo desvelará los 5 puntos más sorprendentes y contraintuitivos que diferencian a ambos sistemas. A continuación, te presentamos una guía clara y directa para que entiendas de una vez por todas qué implica cada uno y cómo afectará a tu negocio.
1. No son dos caras de la misma moneda: uno se centra en comunicar, el otro en certificar
La diferencia más importante entre el SII y VeriFactu es filosófica. El SII es, en esencia, un sistema de comunicación casi inmediata con Hacienda. Su objetivo es que las grandes empresas reporten telemáticamente los registros de IVA de sus facturas emitidas y recibidas. No cambia la factura en sí, sino que obliga a informar sobre ella.
Por otro lado, VeriFactu se enfoca en la integridad de la factura misma. Su misión es garantizar que el documento, desde el momento de su creación, sea a prueba de manipulaciones, incorruptible y trazable. Lo consigue exigiendo que el software de facturación incorpore elementos técnicos como un código QR, un Código Seguro de Verificación (CSV) y firmas encriptadas.
Esta diferencia es crucial. El SII controla a posteriori la información que la empresa envía a la Agencia Tributaria. En cambio, VeriFactu actúa de forma preventiva, asegurando la fiabilidad del documento de origen para que no pueda ser alterado.
"El SII funciona como un canal de comunicación casi inmediato con Hacienda, mientras que el VeriFactu obliga a que el propio proceso de facturación sea fiable, incorruptible y verificable por terceros."
2. Enviar facturas a Hacienda es opcional con VeriFactu (sí, has leído bien)
Este es uno de los puntos que más confusión genera. En el SII, el envío de los registros de facturación a la AEAT es obligatorio y debe realizarse en un plazo de cuatro días hábiles. Es la piedra angular del sistema.
Sin embargo, con VeriFactu, el envío automático de las facturas a la AEAT es completamente opcional. Esta comunicación voluntaria es una funcionalidad específica denominada oficialmente "modo VeriFactu". La obligación principal que impone VeriFactu no es comunicar la factura, sino que el software utilizado la genere de tal forma que las facturas "cumplan los requisitos de integridad, se conserven y estén disponibles para su verificación". El envío inmediato es una posibilidad que la empresa puede activar, pero no una imposición.
3. O estás en uno, o estás en el otro: son mutuamente excluyentes (con un matiz importante)
La regla general es clara: si una empresa está obligada a utilizar el SII, queda automáticamente excluida de la obligatoriedad de VeriFactu. Esto afecta a las grandes empresas (facturación superior a 6 millones de euros), los grupos de IVA y las empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual (REDEME).
Sin embargo, aquí reside un matiz estratégico fundamental: aunque su aplicación es mutuamente excluyente, existe una opción para las empresas no obligadas al SII. La normativa permite optar por el SII voluntariamente para evitar la entrada en VeriFactu. Esta es una decisión de alto calibre, ya que implica asumir cargas de información y obligaciones de reporte mucho más pesadas y complejas que las de VeriFactu. Por tanto, no se trata de una elección simple, sino de un análisis coste-beneficio muy significativo.
4. Su alcance es muy distinto: SII lo mira todo, VeriFactu se centra en lo que emites
El tipo y la cantidad de información que controla cada sistema es muy diferente. El SII tiene un alcance muy amplio: obliga a reportar no solo las facturas emitidas, sino también las recibidas. Además, abarca otros libros registro, como los de bienes de inversión y los de determinadas operaciones intracomunitarias.
En cambio, VeriFactu tiene un foco mucho más específico: solo afecta a las facturas expedidas (emitidas). No se ocupa de las facturas que una empresa recibe de sus proveedores.
Esto significa que la carga administrativa del SII se basa en un reporte continuo y completo de toda la actividad de IVA, mientras que VeriFactu se centra en una actualización tecnológica puntual para garantizar la integridad de los registros de venta.
5. Adoptarlo antes de tiempo puede ser una ventaja competitiva
Aunque VeriFactu será obligatorio en 2026, cumplir con sus requisitos técnicos de forma voluntaria puede ser una decisión estratégica inteligente, incluso para las empresas que ya están en el SII.
"Adelantarse a VeriFactu, lejos de ser un trámite, puede convertirse en una ventaja competitiva."
Adoptar tempranamente los estándares de VeriFactu ofrece beneficios tangibles. En primer lugar, dota a los procesos de facturación de una robustez y seguridad técnica muy superiores, preparando a la empresa para futuras normativas más exigentes y evitando prisas de última hora. Además, al generar facturas con una trazabilidad completa y verificable, aumenta la transparencia de cara a clientes y administraciones. Finalmente, en una posible inspección de Hacienda, disponer de documentos cuya autenticidad e inalterabilidad son demostrables puede reducir significativamente el riesgo de contenciosos.
Conclusión
Queda claro que el SII y VeriFactu, aunque comparten el objetivo final del control fiscal, son dos herramientas muy distintas. El SII es un canal de comunicación centrado en el flujo de información del IVA de las grandes empresas, mientras que VeriFactu es un sistema de certificación que garantiza la integridad de cada factura emitida por pymes y autónomos. Entender estas diferencias no es solo una cuestión de cumplimiento, sino una necesidad estratégica para cualquier negocio en España.
Ahora que conoces sus diferencias clave, ¿está tu negocio preparado no solo para cumplir con la nueva normativa, sino para convertirla en una herramienta de transparencia y confianza?
