La Comunidad de Madrid ofrece interesantes ventajas fiscales para inquilinos que cumplen determinados requisitos. En este artículo analizamos la deducción por alquiler basándonos en la normativa vigente: Arts. 8 y 18.1 y 4.c) del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Madrid en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 21 octubre.
Requisitos para acceder a la deducción
Para poder beneficiarte de esta deducción debes cumplir todos los siguientes requisitos:
- Ser menor de 35 años durante todo el período impositivo.
- Tu base imponible (suma de la base imponible general y del ahorro) no debe superar:
- 26.414,22€ en tributación individual
- 37.322,20€ en tributación conjunta
- La base imponible de tu unidad familiar no debe superar los 61.860€.
- El importe del alquiler debe representar al menos el 20% de tu base imponible.
- La fianza del contrato debe estar depositada en la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.
Ejemplo práctico: Contribuyente que cumple todos los requisitos
Datos del contribuyente:
- Nombre: Juan Pérez
- Edad: 30 años ✓ (cumple con el requisito de ser menor de 35 años)
- Base imponible: 25.000€ ✓ (dentro del límite de 26.414,22€ en tributación individual)
- Unidad familiar: No tiene hijos, su base imponible es la única a considerar ✓ (no supera los 61.860€)
- Alquiler pagado en el año: 9.600€ (800€/mes)
- Porcentaje del alquiler respecto a la base imponible:
✓ Supera el 20% exigido
Cálculo de la deducción
La Comunidad de Madrid permite deducir el 30% del importe satisfecho en el alquiler con un límite máximo de 1.237,20€ anuales.
- Importe de alquiler pagado: 9.600€
- Deducción aplicable: 30% de 9.600€ = 2.880€, pero el límite es 1.237,20€
- Deducción final: 1.237,20€
Ejemplo: Contribuyente que no cumple los requisitos
Datos del contribuyente:
- Nombre: Luis Rodríguez
- Edad: 42 años ✗ (No cumple con el requisito de ser menor de 35 años)
- Base imponible: 24.000€ ✓ (Dentro del límite de 26.414,22€ en tributación individual)
- Unidad familiar: No tiene cónyuge ni hijos, por lo que su base imponible es la única a considerar ✓ (No supera el límite de 61.860€)
- Alquiler pagado: 4.200€
- Porcentaje del alquiler respecto a la base imponible:
✗ NO cumple el requisito del 20%
Conclusión:
Luis NO puede aplicar la deducción porque tiene más de 35 años. ✗
Si tuviera menos de 35 años, tampoco podría porque su alquiler no representa el mínimo del 20% de su base imponible. ✗
Consideraciones finales
Debes cumplir con todos los requisitos: edad, base imponible, porcentaje de alquiler sobre ingresos y fianza depositada.
Límites actualizados:
Tipo de tributación | Límite de base imponible |
---|---|
Individual | 26.414,22€ |
Conjunta | 37.322,20€ |
Unidad familiar | 61.860€ |
Recuerda que esta deducción se aplica en la cuota íntegra autonómica del IRPF y puede suponer un ahorro significativo. Si tienes dudas sobre tu caso particular, te recomendamos consultar con un asesor fiscal que pueda analizar tu situación específica.