Sobre el "Decreto Fiscal de Emergencia" anunciado hoy 08-03-2016


No hay que generar una alarma ni sentirse beneficiados con las palabras dadas por el Presidente Maduro, es literalmente la manera mas fácil de corregir el tremendo error que distorsiona el sistema tributario por no realizar el ajuste correcto a la Unidad Tributaria en meses pasados, es decir le echan tierra y crean un desorden Mayor.

Entiendo que fue modificada vía decreto la ley de impuesto sobre la renta principalmente el Articulo 79 y en espera de los que se crearan para explicar la figura de créditos generados.

El Articulo actual es el siguiente:
"Artículo 79 (LISLR): todas las personas naturales residentes en el país y las herencias yacentes que obtengan un enriquecimiento global neto anual superior a 1.000 Unidades Tributarias, o ingresos brutos mayores a 1.500 Unidades Tributarias, deben declarar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR). Las personas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras y piscícolas a nivel primario, estarán obligados cuando tengan ingresos brutos superiores a 2.625 Unidades Tributarias."
Que afecta esto: 
  1. Ahora estarán obligados los que devenguen mas de 3000 UT al año. 
  2. Esto afecta a las Personas Naturales únicamente.
  3. Modificación ARI para dejar de retener a quienes se les estaba aplicando un porcentaje elevado.
  4. Mas complicaciones en cuanto a la futura declaración si la medida termina siendo transitoria.
  5. Matan con decretos leyes orgánicas de la República.
  6. Genera inquietud y falta leer el decreto, al parecer tendrá carácter retroactivo para el ejercicio 2015 (Aun sin confirmar).


En una próxima entrada les haré saber lo correcto. Maduro Afirmó que la medida estaba enmarcada en el Decreto de Emergencia número 3.