Obligación:
Toda persona natural o jurídica que en su empresa genere empleo para cinco (5) ó más trabajadores, está en la obligación de
aportar al INCES el equivalente a una alícuota
del 2% del total pagado por sueldos, salarios, jornales y remuneraciones de
cualquier especie.
(Ley sobre el INCES, Artículo 10,
Ordinal 1).
Los trabajadores están obligados
a tributar al INCES con un aporte equivalente al 1/2% de sus utilidades pagadas
por los patronos. La obligación nace a partir de un trabajador. Ojo. El
trabajador siempre está obligado a contribuir, sea cual fuere el número de
trabajadores de la empresa.
(Ley sobre el INCES, Artículo 10,
Ordinal 2°).
Cálculos monetarios: